Carrera 16 # 4 – 30 Buga, Valle del Cauca
Alianza de usuarios
¿Qué son las ASOCIACIONES de usuarios en salud?

Según lo establecido por el Decreto 1757 de 1994 la alianza o asociación de usuarios es una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar los servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y defensa del usuario.

El objeto principal de la entidad es movilizar a la sociedad en busca de mejorar el servicio para los usuarios de DACARE IPS.

CREACIÓN:

Las alianzas de usuarios se deben crear en:

  • Empresas Sociales del Estado-ESE
  • Instituciones Prestadoras de Salud “IPS”
  • Empresas Promotoras de Salud del régimen contributivo “EPS”
  • Empresas Promotoras de Salud del régimen subsidiado EPS
¿Cómo se organiza la alianza de usuarios?

A través de una convocatoria a la asamblea general que realizan las instituciones de salud, sean públicas, privadas o mixtas, a todos los usuarios que hayan hecho uso del servicio durante el último año, para su respectiva constitución. Las asociaciones se constituirán con un número plural de usuarios y podrán obtener reconocimientos en las notarías o cámaras de comercio.

La alianza de usuarios será de carácter abierto para garantizar permanentemente el ingreso de nuevos usuarios. Además debe elaborar su propio reglamento de funcionamiento, en donde debe prever la organización interna como miembros directivos y comités de trabajo de acuerdo a las necesidades y temas a tratar.

FUNCIONES:

  • Asesorar a sus asociados en la libre elección de la EPS.
  • Asesorar a sus asociados en la identificación y acceso de paquete de servicios.
  • Mantener canales de comunicación con los afiliados que les permita conocer sus inquietudes y demandas para hacer propuestas ante las juntas directivas de la institución prestadora de servicios de salud y la EPS.
  • Proponer las medidas que mejoren la oportunidad y calidad técnica y humana de los servicios de salud a través de la participación semestral en el comité de calidad institucional.
  • Realizar seguimiento al cumplimiento de las medidas propuestas en el comité de calidad
  • Informar a las instancias que corresponda, si la calidad del servicio prestado no satisface la necesidad de los afiliados.
  • Atender las quejas que los usuarios presenten sobre las deficiencias de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos del caso.
Para ser elegido en un cargo de representación a nombre de la asociación de usuarios la persona debe:
  • Ser usuario de la entidad de salud a la cual se encuentra afiliado o representante legal del paciente en los casos que contempla la norma.
  • No estar incurso en inhabilidades establecidas por la ley.
  • No ser empleado de la Entidad en Salud.
  • Estar presente en el momento de la elección.